La OMIC informa de la prórroga de validez de la ITV
Desde la Oficina Municipal de Información al Consumidor se informa a la ciudadanía de la ampliación de la prórroga de validez de la ITV a vehículos que les caduca durante el estado de alarma.
El 6 de abril se dictaba una orden en España por la que se establecía una prórroga de 30 días naturales a los vehículos cuya ITV venciera durante el estado de alarma. La prórroga de 30 días comenzaba a la finalización del estado de alarma.
Esta orden ministerial ha sido ampliada y desde el pasado sábado 16 de mayo se amplía la prórroga de validez de la ITV en quince días naturales por cada semana transcurrida desde el comienzo de ese periodo hasta que se hubiera producido el vencimiento. El objetivo es que todos los vehículos puedan pasar la Inspección Técnica de Vehículos de forma escalonada.
Con ello se pretende evitar la saturación de las estaciones ITV dado que se han acumulado un gran número de vehículos con la ITV caducada. Con el objetivo de que, todos los vehículos que han quedado pendientes tras la declaración del estado de alarma, puedan pasar la inspección cuya validez expira en los próximos meses, es necesario ampliar de modo escalonado la prórroga automática establecida en la Orden del 6 de abril, y adoptar medidas en relación con la cumplimentación de las tarjetas ITV.
Se ha elaborado un método de prórrogas por tramos. Para ello es necesario tener en cuenta la fecha de caducidad de la ITV. La fórmula se explica mejor en la siguiente tabla:
Fecha de caducidad vehículo | Periodo de prórroga vehículos tras fin estado alarma (días naturales) |
Semana 1: 14 a 20 de marzo. | 30 días más 15 días adicionales. |
Semana 2: 21 a 27 de marzo. | 30 días más 2 periodos de 15 días. |
Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril. | 30 días más 3 periodos de 15 días. |
Semana 4: 4 al 10 de abril. | 30 días más 4 periodos de 15 días. |
Semana 5: 11 al 17 de abril. | 30 días más 5 periodos de 15 días. |
Semana 6: 18 al 24 de abril. | 30 días más 6 periodos de 15 días. |
Semana 7: 25 abril al 1 de mayo. | 30 días más 7 periodos de 15 días. |
Semana 8: 2 al 8 mayo. | 30 días más 8 periodos de 15 días. |
Semana 9: 9 al 15 de mayo. | 30 días más 9 periodos de 15 días. |
Semana 10: 16 al 22 de mayo. | 30 días más 10 periodos de 15 días. |
Las siguientes se calcula Semana n. |
30 días más n periodos de 15 días. Fórmula: 30 + n x15 |
Estas prórrogas solo se aplican a los vehículos cuya inspección caducó durante el estado de alarma.